Hoy en dÃa, en Chile, con el objetivo de verificar el estado de salud de una persona, ya sea antes de comenzar en un nuevo empleo, iniciar estudios en una nueva institución académica o cualquier otro tipo de trámite legal es necesario solicitar un Certificado Médico.
Sin embargo, se teme que parte de la población en Chile adquiera de forma fraudulenta Certificados Médicos falsos, evadiendo asà los trámites legales correspondientes. En este sentido, los únicos encargados de emitir dicho tipo de Certificados son los médicos mediante una consulta presencial. Aquà el solicitante será evaluado para poder asà acreditar la aptitud o no de cierta actividad fÃsica.
Por lo tanto, a continuación, conocerás todo lo relacionado con los Certificados médicos falsos en Chile. De esta forma conocerás las diversas sanciones legales que implican el uso de dichos Certificados.
Aspectos generales relacionados con los Certificados Médicos falsos en Chile
El Certificado Médico legal en Chile certifica oficialmente el estado de salud de una persona. Pero te has preguntado ¿Qué son los Certificados Médicos falsos? No te preocupes, a continuación, se te indicará su significado.
Definición de Certificados Médicos falsos
Los Certificados Médicos falsos son documentos ilegales emitidos de forma irregular, carentes de toda norma o procedimiento de emisión legal. Por lo tanto, para no caer en este tipo de irregularidades, enseguida, se te explicaran ciertas caracterÃsticas que deberás tener en cuenta para tramitar tu Certificado Médico de forma legal.
CaracterÃsticas generales de los Certificados Médicos Legales en Chile
A continuación, te mencionaremos las caracterÃsticas principales de los Certificados Médicos legales en Chile. Lo cual, te permitirá no incurrir en Certificaciones Médicas falsas que te acarreen sanciones legales a futuro. Entonces, el Certificado Médico óptimo deberá cumplir con las siguientes caracterÃsticas:
Veraz
El Certificado Médico debe ser reflejo fiel e indudable de la comprobación efectuada personalmente por el profesional que lo expide. El médico, ante las autoridades, es testigo de un hecho, la salud del paciente, y el certificado un testimonio del mismo.
Legible
Debe estar escrito de forma entendible, con letra clara o con un formato impreso previamente. Lo cual, permita ser interpretado en su totalidad, evitando abreviaturas, siglas y códigos.
Descriptivo
Se deberá constar el diagnóstico que motiva la Certificación Médica. Sin embargo, en los pacientes en quienes a partir del interrogatorio y la exploración fÃsica no se pueda llegar al mismo se recomienda hacer una descripción sindromática. De esta manera se evitan las contradicciones de un diagnóstico equivocado.
Coherente
Esta caracterÃstica debe surgir de la comprobación adecuada efectuada personalmente y de un relato de lo observado estrictamente al atender al paciente.
Documentado
El testimonio del médico debe quedar documentado en la Historia ClÃnica o ficha de consultorio, de manera tal que fundamente lo expresado en el mismo y, ante una eventual investigación judicial, sustente la veracidad de lo certificado.
Limitado
Esta caracterÃstica se refiere a la necesidad de aclarar en el texto del certificado la actividad para la cual se considera apto el paciente, evitando de esta manera que el certificado sea utilizado con fines para los cuales el paciente no está capacitado.
Formal
El Certificado Médico conforma un testimonio escrito, por lo tanto, requiere un marco acorde con el mismo:
- Utilización de papel de membrete: Como por ejemplo el de un recetario particular o institucional.
- Ser de puño y letra del profesional.
- Estar firmado y sellado de forma clara y legible.
- Contar con los datos de identificación del paciente. Es decir, debe contar con el nombre, apellidos, edad, sexo e historia clÃnica del solicitante.
- Contar con los datos de expedición. Como por ejemplo, el lugar, la fecha y hora de expedición del mismo.
Requisitos generales para tramitar tu Certificado Médico legal en Chile
A continuación, te mencionaremos los requisitos generales para tramitar de forma legal tu Certificado Médico en Chile y no utilices ningún otro medio ni pagues por Certificados Médicos falsos. Entonces:
- Cédula de identidad(DNI) del paciente al que se le tramitará el Certificado Médico.
- Cédula de identidad del representante y del menor de edad de ser el caso. Tenga en consideración que al momento de acudir a la cita médica el menor deberá estar acompañado por su representante.
- Tener la disponibilidad de chequearse con un médico.
- En caso que se requiera haber ayunado unas 14 horas previas al momento de tramitar el certificado médico. Esto solo si el Certificado Médico que solicite requiera unos exámenes de sangre.
Procedimiento necesario para tramitar tu Certificado Médico legal en Chile
No incurras en delitos y no obtengas Certificados Médicos falsos porque creas sea el medio más rápido para tal fin. A continuación, te mencionaremos, unos sencillos pasos que deberás seguir para tramitar tu Certificado Médico de forma totalmente legal en Chile. Entonces:
- Primero que nada dirÃgete al Centro Médico de tu preferencia. Aquà podrás tramitar de forma totalmente legal este tipo de documento.
- Luego ingresar al Centro Médico procede a indicarle al personal del centro hospitalario cual es el motivo de tu visita.
- Permite que el personal médico autorizado te realice el chequeo correspondiente, para determinar el estado de su salud. En algunos Centro Médicos te asignarán una cita en otros te llamarán por turno de llegada.
- Cuando estes dentro del consultorio responde con sinceridad todas las preguntas que realice el médico.
- Se receptivo con las posibles evaluaciones fÃsicas que el médico crea necesarias.
- Finalmente, esta atento a las instrucciones del personal calificado, para conocer cuándo recibirás el Certificado Médico.
Es importante destacar que el tiempo de espera por este documento, dependerá del Centro asistencial y del médico tratante al que asista el paciente solicitante del trámite.
Sanciones legales por utilizar Certificados Médicos falsos en Chile
La utilización de Certificados Médicos falsos en procesos de cualquier Ãndole es un delito. Por lo tanto, las leyes Chilenas castigan duramente a los involucrados en dichas alteraciones. Es decir, tanto al firmante médico, institución donde trabaje y hasta el mismo solicitante del trámite como demás implicados.
Cabe destacar que las sanciones impartidas por el gobierno de Chile están contenidas en su marco legal vigente, especÃficamente en el Código Penal – Ley 9, 155. Aquà se establecen las diversas sanciones posibles de los delitos contra la fé pública. A continuación, conocerás las principales sanciones aplicadas por el gobierno Chileno por irregularidades de este tipo. Entonces:
Falsificación material en documento público, por funcionario público (ArtÃculo 236)
El funcionario público que ejerciendo un acto de su función, realice un documento falso o altere un documento verdadero, será castigado con tres a diez años de penitenciarÃa. Sin embargo, quedan exonerados las copias de documentos inexistentes.
Falsificación o alteración de un documento público, por un particular o por un funcionario (ArtÃculo 237)
El particular o funcionario público que, fuera del ejercicio de sus funciones, realizara un documento público falso o altere un documento público verdadero, será castigado con dos a seis años de penitenciarÃa.
Falsificación ideológica por un funcionario público (ArtÃculo 238)
El funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, modifique la ocurrencia de hechos reales, alterando las circunstancias, será castigado con dos a ocho años de penitenciarÃa.
Falsificación ideológica por un particular (ArtÃculo 239)
Este artÃculo involucra a la persona que con motivo del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, otorgue una declaración falsa sobre su identidad o estado. En este caso la ley castigará a dicha persona con tres a veinticuatro meses de prisión.
Modificación o alteración de un documento privado (ArtÃculo 240)
El que elabore un documento privado falso, o alterare uno verdadero, será castigado, cuando hiciere uso de él, con doce meses de prisión a cinco años de penitenciarÃa.
Certificación falsa por un funcionario público (ArtÃculo 241)
El funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, extendiera un Certificado falso, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión. Asimismo, con la misma pena será castigado el particular que expidiere un certificado falso. Esto será en los casos en que la ley Chilena le atribuyese valor a dicha Certificación.
Falsificación o alteración de certificados (ArtÃculo 242)
Este Ãtem involucra directamente el que elabore un documento falso en todo o en parte, o altere uno verdadero. En este caso la ley castigará con la pena de tres a dieciocho meses de prisión.
Uso de un documento o de un certificado falso, público o privado (ArtÃculo 243)
En este ìtem del marco legal se tomará en cuenta el que, sin haber tomado participación en la falsificación, realice uso de un documento o de un Certificado falso, público o privado. Cabedestacar que en este caso el responsable será castigado con la cuarta parte a la mitad de la pena establecida para el respectivo delito. Reflejado en el artÃculo 242.
Destrucción o supresión de un documento o de un Certificado verdadero (ArtÃculo 244)
El que destruya, oculte, suprima en todo o en parte un documento o un Certificado verdadero, será castigado con las penas carcelarias vigentes que el Código Penal establezca para la falsificación de tales documentos.
Personas asimiladas a los funcionarios públicos (ArtÃculo 245)
Aquà se tomará en consideración a las acciones de la falsificación de documentos. En consecuencia involucrará directamente a los funcionarios públicos y escribanos legalmente habilitados para ejercer su profesión.
De la falsificación o el uso del sello o de los instrumentos de autenticación o certificación falsificados (ArtÃculo 247)
Las autoridades o entes públicos del Estado que falsifiquen lo siguiente:
- El sello de una autoridad o un ente público en un Certificado Médico.
- Algún otro instrumentos de autenticación o de Certificación.
Si incurre en alguno de los Ãtems mencionados anteriormente será castigado con seis meses de prisión a tres años de penitenciarÃa.
Del uso de los sellos o instrumentos verdaderos (ArtÃculo 250)
El que realice uso indebido de las herramientas o sellos de autenticación o certificación, verdaderos, con perjuicio de terceras personas. Cómo resultado de dicha acción, el involucrado será castigado con la tercera parte a la mitad de la pena establecida para los que falsificaren tales herramientas o sellos.
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