Actualmente, la crisis sanitaria provocada por la llegada del virus del Covid – 19 en Chile está provocando consecuencias muy graves en el ámbito económico de toda su población. Así pues, en su intento de salvar la economía del país, el Gobierno de Chile ha aprobado varios decretos para paliar el impacto económico con diversas ayudas para aquellas personas y/o empresas que hayan visto reducidos sus ingresos de forma drástica.
En consecuencia, una de las medidas económicas consiste en la creación del modelo de Certificado N.- 66. El cual está basado en donaciones asociadas al brote mundial del virus denominado Coronavirus – 2 o Covid – 19. Por lo tanto, a continuación, te explicaremos todo los aspectos relacionados con el Certificado 66 en Chile.
Aspectos generales sobre el Certificado N.- 66
El 30 de abril de 2020, bajo la Resolución N.- 49 el gobierno de Chile, específicamente el Servicio de Impuestos Internos (SII) crea el “Modelo de Certificado N.- 66”. El cual se basa en donaciones asociadas al brote mundial del virus denominado coronavirus-2 o Covid – 19.
Es importante mencionar que el Certificado N.- 66 tiene como objetivo final acreditar las donaciones y gastos de bienes y dinero, que reciban los donatarios. Todo esto en virtud del contexto surgido por el brote mundial del virus denominado Covid – 19. Lo cual, también va de la mano conjuntamente con lo dispuesto en la Ley N° 104 de 1977.
En consecuencia, es importante resaltar que el Certificado N.- 66 debe ser emitido dentro de los primeros doce días (12) hábiles del mes siguiente a la recepción de la donación. Fuera de este tiempo no se garantiza la ayuda. Por lo tanto, es posible que surgiera algún tipo de error en el trámite del mismo.
Obligaciones que debe cumplir el Donatario del Certificado N.- 66
El donatario además de emitir a los donantes el Certificado N° 66 en el plazo establecido anteriormente, deberá presentar al Servicio de Impuestos Internos (SII) el Formulario de la Declaración Jurada N.- 1832. Esto lo deberá realizar en un plazo no posterior, al 31 de enero del ejercicio siguiente en que se efectúe a la donación.
Especificaciones del Certificado N.- 66 de acuerdo al tipo de donación
De acuerdo al tipo de donación realizada por el donatario, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
- Cuando se donen bienes, el Certificado N.- 66 deberá consignar el valor tributario. Es decir, específicamente indicando que los bienes donados se encuentren registrados en la contabilidad del donante a la fecha de la donación.
- Cuando se done alguna cantidad de dinero, el Certificado deberá consignar el monto donado por cada institución, entidad o persona.
- Cuando las donaciones efectuadas en dinero, sean realizadas por:
A. Grupos de contribuyentes y se canalicen a través de asociaciones gremiales.
B. Entes sin personalidad jurídica.
En ambos casos, se sujetarán a las siguientes reglas:
-
- La asociación gremial, administrador de un fondo o contribuyente cualquiera que reciba los aportes deberá emitir al respectivo aportante o asociado un Certificado de aporte. En el cual indicará el monto recibido, fecha e individualización del asociado o aportante.
- El Certificado N.- 66 deberá emitirse dentro del quinto día hábil de efectuado el aporte.
- Los donatarios deberán emitir un Certificado al rol único tributario de la respectiva asociación gremial o ente, una vez recibida la donación. Además, es preciso mencionar que el Certificado N.- 66 deberá dar cuenta del monto total de las sumas de dinero entregadas por la asociación.
- La asociación entregará copia del Certificado N.- 66 emitido, a cada uno de los aportantes. Así como también el Certificado de recepción del aporte, comprobantes de depósito, transferencias, facturas u otros documentos que permitan acreditar el aporte y su trazabilidad.
- Por último, la asociación deberá presentar la Declaración Jurada N° 1832. Todo ello, según lo establece las leyes y normas del gobierno Chileno actualmente.
Sanciones, Contingencias y restricciones del Certificado N.- 66
El gobierno de Chile sancionará con la multa señalada en el artículo 109° del Código Tributario 1, cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias:
- No se emita el comprobante de aportes y el Certificado N.- 66 de donaciones.
- Se emita en forma extemporánea, incompleta, errónea, tardía o sin cumplir los requisitos exigidos en el modelo de Certificado. Lo cual, está contenido en el Anexo N.- 1 de la Resolución N.- 49 establecida por el SII.
La aplicación de la referida sanción, no impedirá deducir las donaciones efectuadas. Es decir, en la medida que se cuente con el Certificado N.- 66 al momento de presentar su declaración Anual de Impuesto a la Renta.
Instrucciones para confeccionar el Certificado N.- 66
El Certificado N.- 66 deberá ser emitido por el Fisco de Chile. Así como también por los órganos y servicios públicos incluidos en la Ley de Presupuestos. Todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley N.- 1.939 de 1977 y el artículo número 4 de la Ley N.- 19.896. Así como por las personas, instituciones o entidades señaladas en el artículo 7 de la Ley N.- 16.282. Es necesario resaltar que dicho texto fue refundido y sistematizado por el Decreto con Fuerza de Ley N.- 104 de 1977, cada vez que reciban una donación.
A continuación, te mencionaremos los diferentes elementos que conforman el Certificado N.- 66 con sus respectivas instrucciones. Entonces:
Folio Número
Aquí deberá indicarse el número de Certificado en forma impresa y correlativa.
Ciudad y Fecha de Emisión del Certificado
Se deberá indicar la ciudad y la fecha en que se emitió el referido Certificado.
Antecedentes del Donatario
Específicamente, en esta sección se deberá identificar al donatario. Es decir, quién reciba la donación, deberá indicar en forma previamente impresa los siguientes antecedentes:
- Nombre o Razón Social de los órganos o servicios públicos de que se trate.
- Su número de RUT.
- Domicilio actual.
- Nombre completo.
- Número de RUT del Representante Legal.
Precedentes o Antecedentes del donante o entidad que canaliza la donación
En esta sección se deberá identificar al donante. Es decir, quién realizó la donación, o en su caso, a la persona o entidad que canaliza la donación. También se deberá indicar en ambos casos lo siguiente:
- El Nombre o Razón Social del donante.
- El número de su RUT.
- Giro o Actividad Económica.
- Domicilio actual (al detalle).
- Nombre completo del donante o entidad.
- Número de RUT del Representante Legal.
Antecedentes de la donación
En esta sección se deberá consignar la cantidad donada, en números y palabras y, la fecha en que se efectúa. Si la donación es en especie, se deberá incluir el valor total de los bienes donados. Así como el detalle, de los bienes donados.
Por último, se deberá indicar la fecha al detalle en que se efectuará la donación. Es importante señalar que el Certificado deberá emitirse en un original y 2 copias, señalando el destino de cada uno de los ejemplares en forma impresa. Además, el destino de cada ejemplar contemplará la siguiente documentación. Entonces:
- Original: Destinada al contribuyente Donante o Entidad que canaliza la donación.
- Primera Copia: Destinada para el Donatario, para su archivo correspondiente.
- Segunda Copia: Destinada para el servicio de Impuestos Internos. Sin embargo, estará en poder del Donatario pero con entera disposición del Servicio (SII).
En términos generales, los contribuyentes que efectúen una donación en el marco de la catástrofe producida por la enfermedad Covid – 19 y en virtud de la normativa señalada precedentemente, tendrán los beneficios tributarios. Sin embargo, deberán cumplir los requisitos y limitaciones, que cada cuerpo legal establece. Los cuales, además han sido sistematizados en la Circular N.- 32 de fecha 29.04.2020.
Así pues, de acuerdo a lo expuesto anteriormente, el Fisco, los órganos y servicios públicos incluidos en la Ley de Presupuesto que forman parte del Fisco, podrán recibir donaciones de cualquier institución o persona.
En conclusión, esperamos que toda esta información asociada con el Certificado 66 en Chile, te sea de gran ayuda. Además, si te ha gustado este artículo te recomendamos ingresar al siguiente link donde encontrarás información variada de tu posible interés.
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