Existen entidades productivas compuestas por varias personas que se constituyen en titulares, socios, accionistas o comuneros. Al momento de realizar su declaración de impuestos, cada una de estas personas necesita presentar sus recaudos personales. Es aquí donde el Certificado Modelo N° 52 constituye un instrumento de muchísimo valor.
Al considerar la presente información te familiarizarás con el contenido de este certificado. También conocerás como es la estructura del Certificado Modelo N° 52 y cuál es la utilidad de este documento para quien lo recibe.
¿En qué consiste el Certificado Modelo N° 52?
El Certificado Modelo N° 52 permite a los titulares, socios, accionistas de sociedades o comuneros obtener información que podrán utilizar para su declaración de impuestos. Mediante este certificado reciben información respecto a las rentas atribuidas, así como los créditos a los cuales pueden acceder producto de esta atribución.
La información contenida en el Certificado Modelo N° 52 será utilizada por sus portadores para realizar la declaración en los Impuestos Global Complementario o Adicional. La emisión de estos certificados tiene carácter de obligatoriedad, incluso bajo pena de sanción, siendo aplicable este deber a:
- Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (IERL).
- Las Sociedades por Acciones
- Comunidades apegadas a las disposiciones contenidas en la letra A, del Articulo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Por razones de ley, quedan exonerados de este requerimiento los empresarios individuales. Estos productores, no están en la obligación de emitir el Certificado Modelo N° 52 a los contribuyentes.
Como puedes notar, la emisión de este certificado está bajo la responsabilidad de las organizaciones antes mencionadas. Su utilidad radica en que permite a cada miembro de estas organizaciones, obtener la información que personalmente requiere para cumplir sus obligaciones tributarias. Con el añadido que la información contenida en este certificado se encuentra avalada por la empresa, sociedad o comuna que lo emite.
Estructura y contenido del Certificado
La estructura del Certificado Modelo N°52 es bastante sencilla, lo que permite ubicar rápidamente la información contenida en él. La primera parte sirve para identificar el certificado, al emisor y a la persona a al titular del mismo. Seguidamente encontrarás la información financiera, la cual servirá para realizar los trámites tributarios y finalmente los datos de validación.
Para comprender la información que contiene, seguidamente pasaremos a detallar cada uno de los elementos que este certificado contiene.
- El documento comienza con un escrito, el cual sirve de encabezado. Este escrito constituye una descripción acerca del contenido del certificado, a quienes va dirigido y cuál es su utilidad.
- Luego encontrarás el número que identifica al certificado.
- Seguidamente obtendrás los datos referentes al emisor del certificado, comenzando con la “Ciudad y Fecha” donde se produce la emisión.
- “Nombre o Razón Social de la Empresa, Sociedad o Comunidad” de la cual emana el certificado.
- Conocerás el “RUT” del emisor.
- “Dirección” donde está ubicada la empresa, sociedad o comunidad.
- Tendrás una descripción de la actividad realizada por la entidad que emite el certificado.
- Ahora se procede a identificar al socio, titular, comunero o accionista beneficiario del certificado. Podrás visualizar los nombres y apellidos, así como el RUT de esta persona.
- Se especifica el “año comercial”.
- Dejando constancia del “Año Tributario”.
Estos constituyen los datos de identificación del Certificado, de aquí en adelante encontrarás la información relacionada con las Rentas y Créditos asociados.
Identificación de la Rentas y Créditos
Identificados el beneficiario y la entidad que emite el certificado, consideremos la información alusiva a las “Rentas y Créditos asociados”. Esta información la visualizarás en columnas, por ello ese va a ser el término que será utilizado para hacer referencia a cada renglón.
- En la primera columna encontrarás nuevamente “RUT titular, socio, comunero o accionista”.
- La siguiente columna corresponde al total del “Monto Renta Atribuida”.
- La columna que encontrarás a continuación es “Crédito por Impuesto de Primera Categoría/Con derecho a devolución”. En ella se registra el monto del crédito aplicable a los impuestos finales por Impuesto de Primera Categoría con derecho a devolución. A este monto puede acceder el titular del certificado a quién se le atribuye la renta.
- La columna siguiente corresponde al “Crédito por Impuesto de Primera Categoría/Sin derecho a devolución”. En ella encontrarás el monto del crédito contra impuestos finales sin derecho a devolución.
- La última columna corresponde al “Crédito por Impuestos pagados en el exterior”. En esta columna se registrará el monto del crédito por impuestos pagados en el exterior. A este tiene derecho el contribuyente que figura como titular del certificado.
- El certificado finaliza con los datos de validación de la EIRL, Sociedad o Comunidad que emite el certificado. Como conclusión encontrarás “Nombre”, “Rut” y la “Firma del Representante Legal”.
La información y los totales contenidos en los certificados entregados a los socios, debe coincidir con los registrados en el formulario N° 1923. En esta declaración jurada se especifican los términos empleados para determinar la renta líquida imponible, renta a atribuir y renta atribuida a socios, titulares, propietarios. En él se recopilan los montos y datos de las distintas rentas de los socios y es presentado ante el Servicio de Impuestos Internos de Chile.
Importancia del Certificado Modelo N° 52
A manera de resumen, procederemos a puntualizar algunas características del Certificado Modelo N°52. Esto debido a la utilidad del certificado y por ser un documento indispensable para que titulares, socios, comuneros o accionistas puedan realizar trámites tributarios.
- Son contribuyentes obligados a emitir este certificado las sociedades, las EIRL y las comunidades acogidas al régimen de renta atribuida.
- El Certificado Modelo N° 52 deberá ser presentado hasta el 31 de marzo de cada año.
- La no emisión de esta certificación, la certificación emitida de manera parcial, errónea o fuera de plazo será sancionada. La medida disciplinaria será tomada según lo dispuesto en el artículo 109 del Código Tributario. Esta medida será aplicada por cada una de las personas a quién dejo de emitírsele el certificado.
- La información contenida en el certificado se encuentra avalada por la empresa, sociedad o comunidad que emite el certificado. Además, esta información puede ser corroborada con el formulario N° 1923.
- Es un certificado de gran utilidad, ya que permite a su titular cumplir con sus obligaciones tributarias.
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